S e
r v i c i o s
Mediación en
negociaciones, en conflictos previos al comienzo de un proceso judicial, y en litigios posteriormente a la
presentación de una demanda judicial, en el área civil en
general, y comercial en particular.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué es la mediación?
Es un
Método Alternativo para resolución de conflictos, en el
cual un Mediador experto y neutral, a través de un proceso en el que se
realizan reuniones conjuntas y por separado con cada una de las partes, ayuda
con la comprensión y enfoque de aspectos objetivos y subjetivos, en el
planteo y análisis de diversos intereses relevantes, en la
elaboración y evaluación de posibles soluciones, con el objetivo
de que las partes mismas, mediante un
acuerdo realista y satisfactorio resuelvan el conflicto.
2. ¿Que carácterísticas tiene
la mediación de un litigio Judicial?
Cuando las partes en conflicto comenzaron un Proceso
Judicial con la apertura del expediente en el Tribunal correspondiente,
hablamos de Litigio Judicial. Durante todo el proceso de mediación las
partes pueden asesorarse con sus abogados.
A diferencia del Juez y el
Árbitro, no es el Mediador quien decide sobre el caso, sino que actuando
con imparcialidad, ayuda a las partes, en el análisis del conflicto y la
elaboración de una solución adecuada, tomando en cuenta varios
parámetros, uno de los cuales es el resultado alternativo que
presuntamente podría obtenerse mediante
el proceso judicial.
3. ¿Que ventajas tiene el proceso de
Mediación de un litigio judicial en comparación con
el proceso de Juicio en el Tribunal?
El Proceso de Mediación se
desarrolla en un ambiente de privacidad y confidencialidad-a diferencia del
carácter público del juicio- con un costo generalmente menor que
aquel del Proceso Judicial. Asimismo permite una solución rápida,
contemplando de un modo realista y satisfactorio los intereses de ambas partes-
en contraste con el vencedor y el vencido en caso de juicio-. Tanto el proceso,
como asimismo las soluciones a las que arriban las partes, facilitan la
posibilidad de relaciones futuras , siendo
ello importante y relevante tanto para asuntos familiares como
también para los comerciales,
laborales y otros. En Israel, cuando las partes fueron derivadas a un
mediador posteriormente a la presentación de una demanda, previo a la primer audiencia judicial, y
arriban a un acuerdo corroborado por el mediador, el Tribunal correspondiente
reembolsa el arancel abonado para la apertura del expediente.
A modo de ejemplo mencionaré muy brevemente, partes de un caso en el
que intervine como mediador: El comprador de un producto
de alto valor económico comenzó juicio por indemnización
contra el vendedor debido a diferencias entre el producto solicitado y el
producto recibido, y como resultado de ello se le ocasionaron al comprador daños
económicos. Debido a compromisos
con terceros el comprador había hecho uso del producto durante varias semanas (caso
contrario su perjuicio económico hubiera sido mayor). Dicho uso ocasionó la disminución del valor del producto dificultando así la devolución del mismo al vendedor. Durante el breve proceso de Mediación
se realizaron 2 reuniones, y se
resolvió el conflicto acordando que el comprador recibiría un
descuento en la compra de un segundo producto que necesitaba, y podía
obtenerlo (no solamente) del mismo vendedor.
Las partes solucionaron el conflicto, en un período breve, con un
costo bajo, de honorarios, y de un modo satisfactorio para ambos: para
compensar sus daños el comprador recibió el equivalente a una
suma de dinero (en forma de descuento en la segunda compra) , y el vendedor
mantuvo al comprador como cliente de
modo que pudo obtener ganacias en la venta futura de
productos al comprador.
4. ¿Que ventajas tiene comenzar un proceso de Mediación
previamente a la presentación de
una demanda en el Tribunal?
En el caso adecuado, -decisión que debe tomarse luego de una evaluación completa del mismo, tomando en cuenta factores como
por ejemplo: que no está
involucrado un discapacitado legal, y
que no es imprescindible tomar medidas judiciales urgentes-, cuando se comienza
un proceso delante de un mediador idóneo y las partes
actúan de bona-fide en la mediación , es
probable que arriben a un acuerdo resolviendo el conflicto, sin necesidad de
incurrir en los costos emocionales y económicos de preparación de la demanda y/o defensa para el
proceso judicial. La Ley Israelí permite a las partes que redactaron un
acuerdo escrito regulando la solución del conflicto, presentarlo al
Tribunal correspondiente, para recibir la homologación del mismo, y de
este modo evitar litigios futuros al respecto.
5.
¿Que es importante en la elección de un
Mediador para un conflicto comercial internacional?
Además de los
requisitos generales para la elección de un medidador,
- como por ejemplo: ausencia de intereses propios creados con alguna de las
partes, a efecto de garantizar su imparcialidad, y conocimiento del tema del
conflicto,- es importante que esté
familiarizado con las caracteristicas culturales de los
distintos países en los cuales residen las
partes, para facilitar un entendimiento
mutuo efectivo.
6. ¿Que es
posible hacer para promover la Mediación como proceso para la
resolución de conflictos civiles legales?
Incluir una claúsula en sus contratos estableciendo que las
partes, previamente a cualquier proceso Judicial, intentarán solucionar
el conflicto mediante un proceso de
Mediación. En Israel, en general la regla es que dicha cláusula
voluntaria entre las parte es válida, pero existen excepciones a la
regla: algunas relacionadas con las particularidades del caso, otras derivadas
del texto mismo de la cláusula en el contrato, la ley en general y la de
Contratos en particular.
E n l a c e s :
EL
Centro Nacional de Mediación y resolución de conflictos en
Israel (en inglés)
Foro Mundial para resolución
de conflictos (en
inglés)
Fuentes de métodos alternativos para resolución de conflictos (en inglés)
Arbitraje y Mediación en España
Centro de Mediación y Negociación en
Argentina
Mediación en la Cámara
Argentina de Comercio Electrónico
Proyecto
para Mediación en Mexico
Mediación
en disputas medioambientales. Florida U.S.A