El Sistema
Jurídico Israelí:
A. Influencias y
características principales.
C. Activismo Judicial.
A.
En 1948 con la Declaración de Independencia del Estado de Israel [1], y a efecto de evitar un vacío Judicial, se
determinó dar continuidad al sistema Jurídico que había estado vigente durante
el mandato del Imperio Británico, con los cambios correspondientes derivados de
la Independencia [2]. Existe una notoria semejanza entre el Sistema
Jurídico Israelí y el Common Law [3],
del cual se tomaron distintos principios. A modo de ejemplo mencionaremos el
Fideicomisio , las normas que regulan la admisibilidad de pruebas, el papel
ponderante del precedente obligatorio y la facultad del Juez para hacer
justicia en la interpretación de la ley.
Asimismo se adoptaron ¨Doctrinas de Equity¨ del Sistema Judicial Inglés.
En menor grado existe tambien influencia del
Derecho Romano Germanico [4],
como por ejemplo la adopción en el Derecho Israelí del principio de Bona Fides que se expande
sobre todo el Sitema Judicial y la
concepción misma de Codificación de las Leyes Civiles, que han cristalizado
recientemente en la propuesta de Ley Mamonot 2006 , también conocida como El
Codigo Civil [5].
A partir de 1980 con la Legislación de la Ley Fundamentos del Derecho, se crea una
via de acceso para incorporar al Derecho Israelí Moderno, conceptos universales
del denominado “Derecho Hebreo [6]
Histórico”, a efecto de completar lagunas en la legislación en aquellos casos
en que no se encontrara respuesta en
la jurisprudencia previa ni
tampoco por el metodo de la analogía. Dicha Ley orienta hacia “los
principios de Libertad, Justicia, Honestidad y Paz del Legado de Israel” [7]
El Profesor y ex
Presidente de la Suprema Corte de Justicia Aharon
Barak, sostiene que: “....El Sistema Jurídico Israelí
no pertenece a la Cultura del Derecho Hebreo, sino que esta cultura influye
sobre su configuración. Aparentemente, nuestro sistema jurídico pertenece a la
cultura jurídica occidental” [8] y no obstante la semejanza con otros sistemas
Jurídicos“....constituimos un sistema con estilo propio. [9]
Mencionamos a continuación algunas de sus caracteristicas: “ ..:. La posición central
del Juez”... <en la > “...creación de normas <jurídicas”> más allá
de la legislación existente tal
cual ocurrió con parte considerable del Derecho Administrativo y Constitucional”.
[10] <remitimos a los casos “Bagatz” los que luego
mencionaremos>. ,...El Juez..confiere al texto legislado ...;<un sentido
tal que logra>,... de manera óptima el objetivo de la legislación,...refleja
la intención del legislador histórico.....y los valores fundamentales de la
sociedad”. [11] .“Los textos de”..<los académicos
universitarios>.” ejercen una gran influencia sobre la jurisprudencia “. [12] Junto a
la ley secular y a la jurisprudencia, se reconoce a la costumbre
como fuente de derecho”.[13] Se reflejan
influencias del Derecho Comparado,
tanto del Hebreo- del cual se tomó instituciones Jurídicas como la
indemnización por despido, el pago de alimento de una sucesión y el testamento
in extremis [14],
- como así tambien el Derecho de otras sistemas jurídicos” [15] “ .... El uso de dos formas de pensamiento
simultaneo,....sensibles a la función de la norma factica y consideraciones de
la experiencia y el precedente, pero también .. a traves de la generalización
abstracta que se basa en la sistematización y se nutre de los principios
basicos”. [16] Existe “... dualidad normativa del Derecho Civil y el Religioso,
......herencia de la tradición Otomana.. El juzgamiento en cuestiones privadas
introduce una especie de factor federativo que afecta la estrúctura uniforme
del método”.[17]
La
independencia del Sistema Judicial deriva de la Ley Básica. El Sistema
Judicial. constituye uno de los 3 pilares, junto con el Legislativo y el
Ejecutivo, del Sistema Democrático. El nombramiento de un juez, por parte de
una comisión especial [18]
es permanente hasta la edad de 70 años
y poseen inmunidad de
modo que no puede ser removido del cargo salvo por decisión de un Juzgado
Disciplinario compuesto por jueces, o por decisión de una Comisión de Selección
Judicial . La remuneración de los Jueces la determina una comisión especial de
la Kneset.
C. El activismo Judicial
Principalmente durante la Presidencia de la Suprema
Corte por parte del Profesor Aharon Barak en Israel se ha ejercido el denominado
Activismo Judicial tambien conocido como Legislación Judicial, siendo que el Juez efectúa una “interpretación creativa” de la Legislación creando nuevas normas
judiciales que no estaban contempladas en el texto mismo de las Leyes. [19]
Asimismo dicho activismo se caracteriza por una
ampliación de los temas juzgables en los cuales interviene la Suprema Corte,
incluyendo también controversias en el seno de la Sociedad Israeli como:
reconocimiento de la conversión religiosa al judaísmo efectuada por la
corriente reformista (no ortodoxa), criterios para evaluación de partidos
políticos a efecto de decidir si niegan o no el caracter Judío y Democratico del Estado [20],
prohibición de torturas en los interrogatorios salvo en casos extremos que
serían calificables como el de una bomba cuyo mecanismo de explosión fue ya
activado [21],
reconocimiento del derecho a un trato igualitario por parte del empleador hacia
el empleado miembro de una pareja homosexual [22] .
La Suprema Corte como Tribunal Superior de Justicia se expide en ocasiones sobre
temas que generan controversias por estar relacionados con la distibución de responsabilidades
entre el Poder Judicial por un lado y el Gobierno por el otro , ya sea el Poder
Ejecutivo , y/o el Poder Legislativo. Tales son los casos relacionados con
decisiones semijudiciales de la Kneset como remoción de la inmunidad
parlamentaria de uno de sus miembros en caso de que haya sido presentado en su
contra una acusacion, medidas de seguridad del ejercito por una parte y derechos
de la población palestina en los territorios ocupados por Israel en 1967, por
la otra. Vease por ejemplo el caso de
(ayuntamiento de la aldea Beit Suric) Moetzet Kfar Beit Suric y otros contra el Estado de
Israel y el Jefe de las fuerzas del Ejercito en la Franja Occidental , Bagatz.2056/04 [23], por el cual el Tribunal Superior de Justicia decidió tal como fué
expresado en el caso en cuestión [24]: “... no existe una relación proporcional, entre el grado de perjuicio a los
residentes locales, y entre las ventajas de seguridad que surgen de crear el
cerco de separación según la delineación que fijó el Jefe del
Ejercito....creando una separación entre los pobladores locales y sus tierras
agrícolas”. “Dichos perjuicios no
son proporcionales. Se los puede disminuir de un modo significativo a través de
un delineamiento alternativo....”[25] “Sobre la lucha del Estado
contra el terror.........estamos convencidos que ...” <llevada a
cabo>...”acorde a la ley.....fortalecerá su poderío y espiritu. No hay seguridad sin Justicia..”[26]
La Kneset, (Parlamento Israelí) va preparando la Constitución por
etapas a traves de la Legislación de Leyes Básicas [27], que en la actualidad comprende: La
Kneset (Parlamento Israelí), El
Gobierno, La Legislación, El Sistema Judicial, El Presidente del Estado, El
Controlador del Estado, La Economía del Estado, Tierras de Israel, Jerusalem
Capital de Israel, El Ejercito, Dignidad y Libertad Humana , Libertad
Ocupacional. Una vez finalizado este preoceso Israel tendrá una Constitución
completa.
En 1992
fue legislada por la Kneset
la Ley Básica de Dignidad y Libertad Humana [28],
y en 1994 la Ley Básica de Libertad Ocupacional [29] que
fueron interpretadas [30]
otorgandoseles un caracter Constitucional de modo que tienen prioridad por
sobre el resto de las leyes, salvo aquellos casos contemplados por dichas leyes
básicas .Esto generó un cambio
escencial en el status de los Derechos Humanos y las Libertades Civiles en
Israel, y fué denominado "La Revolución Constitucional”. [31].
Previamente a estas 2 últimas leyes básicas, la
Suprema Corte de Justicia se
expedía desde sus comienzos en favor de Derechos Civiles y Humanos como
la Libertad de Expresión, y la Libertad Laboral, basándose en los principios
mencionados en la Declaración de Independencia del Estado de Israel en 1948 [32], según la cual el Estado, paralelamente a ser el hogar del
Pueblo Judío...”. asegurará la completa igualdad de derechos políticos y
sociales a todos sus habitantes sin diferencia de credo, raza o sexo;
garantizará libertad de culto, conciencia, idioma, educación y cultura;
salvaguardará los Lugares Santos de todas las religiones; y será fiel a los
principios de la Carta de las Naciones Unidas”.
Pero
previo a las dos nuevas Leyes Básicas antesmencionadas y su caracter
Constitucional, la Suprema Corte no estaba facultada para anular una ley
legislada por la Kneset que resultaba en perjuicio de Derechos Civiles Humanos.
A
partir de la Revolución Constitucional, la Suprema Corte hizo uso limitado de
su capacidad de anular leyes: El 24 de Septiembre de 1997, 11 Jueces de la Suprema Corte cancelaron algunos artículos de la ley que regula la Ocupación de
Consejeros de Inversiones [33],
pues los mismos contradecían la Ley Básica de Libertad Ocupacional, y el 14 de Octubre de 1999 11 Jueces en sesión anularon un
artículo de la Ley de Enjuiciamiento Militar que permitía que la policía militar detenga soldados
durante 4 dias previo a su presentación delante de un Juez [34].
El día
12.12.2006, nueve Jueces en sesión del Tribunal Supremo de Justicia decretaron
nula la enmienda nro 7 de la Ley
de Daños Civiles (Responsabilidad
del Estado 2005), pues esta otorgaba una inmunidad desproporcionada al Estado,
sobre daños ocasionados en los
territorios ocupados de Judea y Samaria [35]. Acorde
a la resolución , la enmienda
otorgaba inmunidad al Estado aún cuando hubiera damnificados civiles que no
hubieran estado involucrados en acciones bélicas y cuyos daños no fueron causados por fuerzas de
seguridad en combate con el
enemigo. De no haber sido anulada
, la enmienda Nro 7 hubiera dejado
sin amparo a población civil de
los territorios ocupados que sufrieron daños físicos o materiales en las
condiciones antes mencionadas.
La influencia de la Revolución Constitucional, no estuvo limitada a la anulación de leyes por parte del Tribunal Supremo de Justicia , sino que también se manifestó de un modo más amplio y general. Consejeros Judiciales y otros funcionarios, tanto del Poder Ejecutivo así como del Poder Legislativo, tomando en cuenta la posible futura intervención de la Suprema Corte en caso de que se afectara Derechos Civiles y Humanos, encauzaron la actuación de los distintos entes gubernamentales y a la legislación misma con el objeto de que fueran estos coherentes con el el caracter Constitucional de los Derechos.
La
Suprema Corte, como así mismo el resto de los Tribunales
y Juzgados fueron desarrollando y
ampliando la aplicación de
los Derechos Constitucionales.
Existen distintas opiniones respecto a si los Derechos Constitucionales deben
estar limitados a aquellos que mencionan
ambas Leyes Básicas tal cual la Libertad Ocupacional, derecho a la propiedad, privacidad,
libertad de movimiento, Honor y
Dignidad, o si se debe incluir también otros como el derecho a la igualdad o
derechos económicos sociales.
En el
caso Bagatz 6698/95 [36] del día 08.03.2000 la Suprema Corte
corroborando el derecho a la igualdad en el caso específico tratado, decidió a favor de Aadel e Iman Kaadan,
ciudadanos israelíes árabes, declarando que el Estado no estaba autorizado a
otorgar tierras del país a la agencia judía a efectos de que ésta cree una
poblado comunitario en Katzir discriminando entre judíos y no judíos.
Debemos
mencionar que como es característico de una sociedad democrática, existen
críticas sobre la actuación de la Suprema Corte y Tribunal Superior de
Justicia. Algunos critican la falta de activismo en ciertas áreas como la
económico social.
Y
otros por el contrario critican el
activismo en temas controversiales en la Sociedad Israelí.
Por
una parte hay quienes sostienen , como la Profesora Ruth Ben Israel [37],
que la defensa de derechos economico- sociales fue interpretada de un modo
minimalista por parte de la Suprema Corte [38].
En el
caso Bagatz 366/03 de la
Asociación Compromiso por la Paz y la Justicia [39],
la pregunta central ante el Tribunal fue
si la Ley de la Kneset ,
por la cual como parte del Presupuesto Economico Anual, se reducía
la suma a ser pagada por el Seguro Nacional a gente de bajos recursos, era
anticonstitucional por impedir la dignidad de las personas demandantes.
El
Tribunal Superior de Justicia resolvió que si bien el Estado tiene obligación acorde a las Leyes
Básicas Constitucionales a otorgar al Ciudadano de bajos recursos una “red
defensiva” de modo que no se encuentre en una situación economica sin el mínimo
necesario para su existencia como alimentación, vivienda y acceso a servicio
médico; pues en el caso concreto de los demandantes no se presentaron pruebas
suficientes de las cuales se pudiera llegar a la conclusión que la reducción en los pagos del
Seguro Nacional impedía a dichos demandantes la dignidad.
Por otra parte hay críticas de académicos de las Universidades, como asimismo parlamentarios y políticos , respecto al desempeño de la Suprema Corte de Justicia sobre los temas Constitucionales controversiales en el seno de la Sociedad Israelí, como por ejemplo aquellos relacionados al delicado balance entre el carácter Judío y Democrático del Estado. Quienes se oponen al desempeño activista de la Suprema Corte como Tribunal Superior de Justicia , plantean la necesidad de crear un Tribunal especial para temas Constitucionales, el cual no estaría compuesto por los miembros de la Suprema Corte. Quienes apoyan el desempeño activista de la Suprema Corte en la interpetación de Derechos Constitucionales aún en temas controversiales para la Sociedad Israelí sotienen que la creación de un Tribunal Constitucional sería contraproducente para el Sistema Judicial en el caso en que dicho Tribunal estuviera compuesto por representantes electos o asociados a sectores políticos- a diferencia del caracter eminentemente jurídico de composición actual de la Suprema Corte de Justicia [40].
Idan Pablo Saidel
Abogado-Notario-Mediador
M. A. e
n S o c i o l o g í a
[1] Para retornar al texto principal desde la nota de pié, haga doble
clik con el ratón sobre el número de la nota correspondiente. Ver
información general de Israel
[2] Acorde al artículo 11 del Decreto de Ordenamiento Gubernamental y Judicial
1948.
[3] Ello incluye las doctrinas de
Equity. El mandato Británico en
Palestina fue vigente desde 1917 hasta 1948 Ver en ingles
Desde 1948 la influencia del Common Law
continuó debido al inciso 46 de la Ordenanza del rey de Inglaterra en 1922 ,
pero este fué abolido en 1980 con la legislación de la Ley Fundamentos del Derecho.
[4] Originado en el Derecho Otomano vigente en la región previo
al Imperio Británico , e influenciado por el Derecho Continental Europeo.
[5] cuyo cometido es renovar y reemplazar
17 leyes , entre ellas la de Contratos, Alquileres, Daños y Perjuicios,
Propiedades, Seguro, Donación Regalo y Ventas.
[6] Ver, Alon
Menachem “Hamishpat Haivri” (El derecho Hebreo ) Jerusalem: Magnes Press, 1998
.
[7] Ley Fundamentos del Derecho 1980.
Libro de las Leyes 1980, pag 163.
[8] Aharon Barak El Sistema Júridico en Israel: su tradición y su cultura , (Traduccion al
Español realizada por del Colegio de Abogados en Israel)
2005 Pag 7.
[9] Idem Pag 15
[10] Idem pag 16-17
[11] Idem pag 16
[12] Idem pag 18
[13] Idem pag 18
[14] Permite al testatario otorgar bienes en su totalidad, si así
lo quisiera, a cualquiera o cualesquiera
personas y en las proporciones que considere adecuado, aún si no fuesen sus por
Ley.
[15] Idem pag 18-19
[16] Idem pag 19
[17] Idem pag 20
[18] compuesta de 3 jueces, 2 ministros,
2 parlamentarios y 2 delegados del colegio de abogados.
[19] Vease el caso Bagatz 953/89 Indor contra la Municipalidad de
Jerusalem del 11.03.1991, publicado oficialmente en hebreo: Piskei Din
mem hei (4) 683. Segun el texto de La Ley municipal de
Jerusalem , el Intendente aplica
su criterio respecto a que tipo de carteles se podía ubicar en el municipio. El Intendente de aquel
entonces Kollek había decidido prohibir a un ciudadano exponer en el parque de
Independencia, frente al consulado de Estados Unidos de América en Jeurusalem, banderas estadounidenses junto a un muñeco
de grandes dimensiones con la figura de Yaser Arafat, (protestando por el acercamiento entre Estados Unidos y la
O.L.P)., alegando que ello afectaría la Paz Pública y podría dañar las relaciones de Estados Unidos de América con
Israel. La Suprema Corte decidió
que aunque la Ley municipal de Jerusalem sobre carteles no lo mencionara, el
doble proposito de la misma es Paz
Pública y Libertad de Expresión.
Dado que no existiría una probabilidad elevada de que la inclusión de las banderas cause un daño severo en las relaciones entre Estados Unidos e Israel, es entonces que el Intendente no debía
prohibir la inclusión de dichas banderas en el cartel, respetando así la Libertad
de Expresión.
[20] La Suprema Corte revirtió una decision de la Comisión
Central de Elecciones que había determinado que dos partidos políticos árabes
no podría participar en las elecciones para la Kneset (Parlamento Israelí) debido a que negaban el caracter judío
del Estado. La Suprema Corte concluyó que no se habián presentado pruebas
claras, convincentes y sin ambiguedad y por lo tanto habilitó a ambs partidos a
participae en las elecciones de la decimosexta Kneset. Expediente 11980/02
Comisión Central de Elecciones contra Ahmed Tibi y Azmi Bashara.
[21] Bagatz 5100/94 Asociación pública antitorturas contra el
gobierno de Israel , Publicado oficialmente en hebreo: Piskei Din nun guimel (4) 817.
[22] Bagatz 721/94 El Al lineas aereas de Israel contra
Danilovich , .Publicado oficialmente
en
hebreo: Piskei Din mem jet (5) 749.
[23] Decisión Judicial de la Suprema Corte de Justicia en Israel
del día 30.06.2004 .Publicado oficialmente en hebreo: Piskei Din nun jet (5) 807
[24] Idem artículo 60.
[25] Idem artículo 61
[26] Idem artículo 86
[28] Ley Básica de Dignidad y Libertad Humana 1992,
Sefer Hajukim (Libro de las Leyes) , pag 150.
[29] Ley Básica de Libertad Ocupacional 1994, texto en hebreo Sefer
Hajukim (Libro de
las Leyes) Pag 90
[30] Apelación Civil 6281/93 Bank Hamizraji Hameujad contra
Migdal Kfar shitufí Publicado oficialmente en hebreo: Piskei Din mem tet (4) 221
[31] Ciertos Jueces y Academicos como la Profesora
Ruth Gabison se opusieron a dicha interpretación, sosteniendo que no es
correcto que la Suprema Corte deba tomar parte en la creación de la
Constitución. En lugar de ello se debería Legislar la Constitución, pero ello no sucede debido a falta de
aprobación amplia de la misma en la población y sus representantes en el
Parlamento (Kneset).
[33] Bagatz 1715/97 Cámara de directores de inversiones en Israel
contra el Ministro de Economía,
Publicado oficialmente
en hebreo: Piskei Din nun
aleph (4) 367
[34] Bagatz 6055/95 Sagui Tzemaj contra
el Ministro de Seguridad Publicado oficialmente en hebreo: Piskei Din nun guimel (5)
991
[35] Bagatz 8276/05 , 8338/05, 11426/05 . Adala Centro
Judicial por los Derechos de a minoría arabe en Israel , La Asociación de
Derechos Civiles en Israel y otros,
contra El Ministro de Seguridad, El Ministro de Justicia , El Consejero Judicial de Gobierno y
el Estado . Resolución del día 12.12.2006
[37] acreedora del premio Israel en investigacion judicial, y
experta renombrada en Derecho Laboral.
[38] Ver protocolo en hebreo Nro 393 del día 30.01.20005 de la Comision de
Constitucion, Ley
y Justicia de la Kneset
Ver
también en hebreo propuesta
de Ley Básica Derechos Sociales del día 26.01.2005
[39] (Amutat mejuiabut le Shalom ve Tzedek negued Sar Haotzar ve Hamosad le Bituaj
Leumi) –contra el Ministerio de Economica y el Instituto de Seguro Nacional .
Fue unificada con el Bagatz 888/03. Decisión Judicial del día 12.12.2005.
[40] los jueces son seleccionados por una Comisión Electiva Judicial, compuesta por nueve miembros:
el Ministro de Justicia (presidente), otro ministro del gabinete, el Presidente
de la Corte Suprema y otros dos jueces de la misma , dos miembros de la Knéset
y dos representantes del Colegio de Abogados de Israel.. La mayoría de los
miembros de la comisión son abogados de profesión. Se requiere el voto mayoritario
de los miembros de la comisión para el nombramiento de un candidato.